Comisión de coordinación pedagógica

Competencias

a) Establecer las directrices para la elaboración de los proyectos curriculares, garantizando la coherencia entre todos ellos; de las programaciones; del plan de acción tutorial; de la orientación educativa, y de todos los planes, programas y proyectos de carácter pedagógico del instituto; comprobar el cumplimiento de las programaciones; realizar su seguimiento y evaluación, y elaborar las correspondientes propuestas de mejora.

b) Proponer modelos de organización del programa de refuerzo para los alumnos que hayan promocionado sin haber superado todas las materias y del plan específico personalizado para los alumnos que permanezcan un año más en el mismo curso.

c) Proponer al equipo directivo la distribución de los recursos del instituto.

d) Proponer criterios para la asignación de tutorías.

e) Proponer criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.

f) Proponer criterios para la elaboración del programa de actividades complementarias y extraescolares.

g) Proponer al claustro de profesores la planificación general de las sesiones de evaluación; los proyectos curriculares para su aprobación; el plan para evaluar dichos proyectos curriculares, los aspectos educativos del proyecto educativo y de la programación general, la evolución del aprendizaje de los alumnos y el proceso de enseñanza; velar por el cumplimiento de los mismos así como evaluar el resultado de su desarrollo.

h) Fomentar la evaluación de todas las actividades, planes, programas y proyectos del instituto, e impulsar y proponer actuaciones de autoevaluación y mejora.

i) Aquellas otras que le comisión de coordinación pedagógica tiene las siguientes competencias sean asignadas por la normativa vigente.